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22 de septiembre de 2026

ESIC IMPONE UNA SANCION DE CINCO AÑOS A SHAMMAH KAKANDE POR BAJO RENDIMIENTO DELIBERADO

La Comisión de Integridad de los Esports (ESIC) ha impuesto un período de inelegibilidad de cinco años a Shammah "ANONYMOUS" Kakande, tras encontrar que deliberadamente tuvo un rendimiento inferior e influyó de manera inapropiada en un partido de eBasketball competitivo de H2HGGL.

La decisión final, fechada el 17 de septiembre de 2026, sostiene la Carga 1 bajo el Artículo 2.1.1 del Código Anticorrupción de ESIC. La sanción entra en vigor el 17 de septiembre de 2026 y expira a las 11:59 pm UTC del 16 de septiembre de 2031.

El partido y la infracción comprobada

El hallazgo se refiere al partido jugado el 16 de marzo de 2026 entre PIRATE, controlando Boston, y ANONYMOUS, controlando Oklahoma City. Boston ganó 60-58.

El Artículo 2.1.1 prohíbe arreglar, contrarrestar o influir de manera inapropiada en cualquier aspecto de un partido, incluyendo a través de un rendimiento deliberadamente inferior. ESIC estaba cómodamente satisfecha de que el Sr. Kakande violó esa disposición a través de decisiones de juego intencionales que beneficiaron a Boston.

Evidencia y límites del hallazgo

ESIC evaluó la evidencia de manera acumulativa, incluyendo registros de partidos y de identidad de H2HGGL, la revisión interna del juego de H2HGGL, una revisión independiente del juego y la inteligencia de apuestas. El material de juego identificó decisiones repetidas a lo largo del tercer cuarto, cuarto cuarto y tiempo extra que entregaron la posesión o rechazaron oportunidades favorables de anotación y defensa.

ESIC consideró ese patrón junto con la concentración de apuestas en vivo sobre Boston que mostraba indicadores de actividad coordinada. El hallazgo se basó en la convergencia, el tiempo y la dirección de la evidencia, en lugar de en un solo error de juego o apuesta.

La infracción comprobada es rendimiento deliberado inferior bajo el Artículo 2.1.1. Esa infracción no requiere prueba de que un participante haya realizado personalmente una apuesta o recibido un pago corrupto.

Proceso disciplinario

ESIC emitió un Aviso de Carga el 8 de agosto de 2026 y lo notificó el 10 de agosto de 2026. El Sr. Kakande negó la carga y planteó objeciones jurisdiccionales y procedimentales. ESIC consideró esas presentaciones y, el 18 de agosto de 2026, proporcionó su respuesta y divulgación de evidencia, junto con una nueva oportunidad para responder a la carga y hacer presentaciones sobre la sanción.

No se recibió ninguna respuesta adicional ni material de apoyo antes de la fecha límite final o antes de la decisión. ESIC determinó el caso con la evidencia disponible. La ausencia de una respuesta adicional no se trató como prueba de la carga ni como un factor agravante separado.

Sanción y ejecución

La sanción de cinco años fue evaluada bajo los Artículos 6.1 y 6.2 y comienza bajo el Artículo 6.4. Refleja la gravedad y el impacto del rendimiento deliberado inferior, reconociendo que solo se cargó un partido, no se probó ninguna apuesta personal ni pago corrupto, y no se estableció ningún hallazgo disciplinario adverso previo de ESIC. No se impuso ninguna multa ni orden de costos, y no se aplica ningún crédito por suspensión provisional.

La sanción se aplica a los torneos de H2HGGL y a todos los Partidos, Eventos, funciones y actividades autorizadas, organizadas, sancionadas, reconocidas o apoyadas por ESIC o un Miembro de ESIC. Durante la sanción, el Sr. Kakande no debe jugar, entrenar, gestionar, arbitrar ni participar o estar involucrado de ninguna manera en esas actividades. No debe recibir acreditación para proporcionar servicios de medios u otros en un lugar oficial de Evento o Partido.

Bajo el Artículo 9.1, los Miembros de ESIC deben tomar todas las medidas necesarias y razonables dentro de sus poderes para reconocer y hacer cumplir la decisión.

Publicación y contacto

Para consultas sobre esta decisión, contacte a integrity@esic.gg.